5 de Febrero de 2012
 
 
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República Dominicana

Éxito de Fundecom: Eliminación del Bromato de Potasio de la harina

La Fundación por los Derechos del Consumidor (Fundecom) saludó la decisión de las autoridades de Salud Pública que anunciaron la eliminación definitiva y paulatina del Bromato de Potasio en todos los componentes de la harina y sus derivados desde ahora hasta febrero del año 2009, fecha en que el país quedará libre de esta sustancia química.

Éxito de Fundecom: Eliminación del Bromato de Potasio de la harina

Santo Domingo, 18 de septiembre 2007.- La Fundación por los Derechos del Consumidor (Fundecom) saludó la decisión de las autoridades de Salud Pública que anunciaron la eliminación definitiva y paulatina del Bromato de Potasio en todos los componentes de la harina y sus derivados desde ahora hasta febrero del año 2009, fecha en que el país quedará libre de esta sustancia química.

Afirmó que esta decisión concuerda con las medidas que han asumido otras naciones como los países de la Unión Europea los cuales han prohibido el Bromato de Potasio desde 1989. Esta misma medida también fue adoptada por los países del Mercosur en 1993 y en Perú desde 2002.

En Chile la prohibición del Bromato de Potasio en la harina de trigo y sus derivados y especialmente en el pan, se hizo en 1996, misma fecha en que se prohibió en Panamá, en tanto que Colombia lo hizo en 2002.

"Recordemos que este mismo año en Perú la Asociación de Consumidores Aspec desarrolló una intensa campaña que invitaba a la población a no comprar pan inflado, efecto que produce el bromato de potasio en este producto", sostuvo un comunicado de Fundecom

Indicó que Costa Rica prohibió el uso de este químico en febrero del presente año.

"República Dominicana hoy pudiera proclamarse libre de Bromato de Potasio si las autoridades, el pasado año 2006, hubieran atendido el llamado de alerta de Fundecom según consta en los archivos de comunicaciones a Salud Pública (Nutrición) y a Sistemas y Normas (DIGENOR)", expresó.

La Fundación consideró que con esta decisión se aplica el principio precautorio, que en pleno derecho establece la protección de los ciudadanos ante el potencial peligro de daños que pueda sufrir la población por el uso de sustancias peligrosas, “mismo que está contenido en el artículo 74 de la ley 358-05 de Protección a los Derechos del Consumidor y Usuario”.

"Estaríamos haciendo daño si no utilizáramos estos medios para enterarnos de los avances y cambios de normas que contribuyen con la prevención y protección de nuestra salud. Estos mecanismos y fuentes de información, también los debemos usar para proteger a los ciudadanos de mentiras y engaños", afirmó al referirse a las nuevas tecnologías de la información e internet.

Sugirió a las autoridades que el desmonte del uso del bromato de potasio debe escalonarse de forma tal que cada trimestre, pueda verificarse los niveles de reducción, comprobando la disminución paulatina de este aditivo en la harina hasta que para febrero de 2009 el país sea declarado libre de Bromato de Potasio. (Fuente: Fundecom).

Tomado de Consumers International:
http://www.consumidoresint.org/novedades/detallenovedad.asp?id=1340674123
 
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